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Registro, evaluación, autorización y restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH)
Registro, evaluación, autorización y restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH)

 

 

 

 Legislación

 

Registro, evaluación, autorización y restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH), por el

 que se crea la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos

 

 Modificaciones

 Fechas

 

Entrada en vigor: 1 junio 2007

Queda derogada la Directiva 91/155/CEE.

 

Quedan derogadas las Directivas 93/105/CEE y 2000/21/CE y los

Reglamentos (CEE) nº 793/93 y (CE) nº 1488/94 con efecto a partir

del 1 de junio de 2008.

 

Queda derogada la Directiva 93/67/CEE con efecto a partir del 1 de agosto de 2008.

 

Queda derogada la Directiva 76/769/CEE con efecto a partir del 1 de

junio de 2009.

 

Las referencias a los actos derogados se considerarán hechas al

presente Reglamento.

 

Transposición

Real Decreto 1802/2008

 

Ámbito de aplicación

El presente título se aplicará a:

  1. a) las sustancias cuyo registro es obligatorio;

  2. b) las sustancias que entran en el ámbito de aplicación del artículo 1 de la Directiva 67/548/CEE, que reúnen
    los criterios para ser clasificadas como peligrosas con arreglo a lo dispuesto en dicha Directiva
    y que están comercializadas como tales o en forma de preparado con una concentración
    superior a los límites especificados en la Directiva 1999/45/CE, cuando sea pertinente, lo que tiene como
    consecuencia que el preparado esté clasificado como peligroso.

Excepciones

Véase Artículo 2 del Reglamento (CE) nº 1907/2006.