DIRECTIVAS
  D.C. 92/42/CEE

DATOS GENERALES
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Modificaciones:

98/68CEE

Transposiciones:

RD 275/1995, Corrección (n. 125 de 26.05.95).
RD 275/95 ------ BOE 73 27/03/95.

Fechas:

Entrada en vigor Periodo transitorio Obligatorio
01.01.1994 Expirado 01.01.98

CAMPO DE APLICACION

Calderas nuevas de agua caliente alimentadas con combustibles líquidos o gaseosos, de una potencia nominal entre 4 kw y 400 kw (ambos inclusive) y producidas en serie.

EXCEPCIONES
  • Calderas de agua caliente alimentadas con diferentes combustibles entre los que haya combustibles sólidos.
  • Equipos de preparación instantánea de agua caliente sanitaria.
  • Calderas diseñadas para ser alimentadas con combustibles de propiedades sensiblemente distintas a las características de los combustibles líquidos y gaseosos que se comercializan normalmente (gases residuales industriales, biogás, etc.).
  • Cocinas y aparatos diseñados para calentar principalmente el local en el que están instalados, y que suministran igualmente, pero con carácter accesorio, agua caliente para calefacción central y uso sanitario.
  • Aparatos de una potencia inferior a 6 kw diseñados únicamente para la alimentación de un sistema de acumulación de agua caliente sanitaria de circulación por gravedad.
  • Calderas producidas por unidades.

REQUISITOS ESENCIALES

Los diferentes tipos de caldera deberán cumplir los siguientes rendimientos útiles:

  • A potencia nominal, es decir, funcionando a la potencia nominal Pn, expresada en kW, y para una temperatura media del agua en la caldera de 70 ºC, y

  • Con carga parcial, es decir, funcionando con una carga parcial del 30%, y para una temperatura media del agua en la caldera variable según el tipo de caldera.

 

 

Rendimiento a pot. nominal

Tª media del agua en caldera (ºC) Expresión del Tipo de caldera  rendimiento (%)

Caldera estándar

70 ³84+2log Pn
Caldera de baja temperatura(*) 70 ³87,5+1,5log Pn
Caldera de gas de condensación 70 ³91 + log Pn
(*) Incluidas las calderas de condensación que utilizan combustibles líquidos.

 

Rendimiento con carga parcial
Tª media del agua en caldera (ºC) T Expresión del Tipo de caldera  rendimiento (%)
Caldera estándar ³50 ³80+3 log Pn
Caldera de baja temperatura(*) 40 ³87,5+1,5 log Pn
Caldera de gas de condensación 30(**) ³97+log Pn
(*) Incluidas las calderas de condensación que utilizan combustibles líquidos.

(**) Temperatura del agua de alimentación de la caldera.

 

ORGANISMOS NOTIFICADOS

Todos son notificados para el examen de tipo y conformidad con tipo más controles, y además AENOR para Aseguramiento de calidad en producción y aseguramiento de calidad del producto.


ORGANISMO NOTIFICADO DIRECCIóN NúMERO DE IDENTIFICACIóN ANEXO / ARTíCULO DE LA DIRECTIVA
ASISTENCIA TÉCNICA INDUSTRIAL SAE (ATISAE) Avenida de la Industria, 51
28760 Madrid
0053 Anexo III, Anexo IV (módulo C)
ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE NORMALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN (AENOR) Génova,6
28004 Madrid
0099 Anexo III, Anexo IV (módulos C, D, y E)
LABORATORI GENERAL D’ASSAIGS I INVESTIGACIONS (LGAI) Ctra. de acceso a la Facultat de Medicina
08290 Cerdanyola del Vallès (Barcelona)
0370 Anexo III, Anexo IV (módulo C)
LABORATORIO DE TERMOTECNIA DE LA ESCUELA TÉCNICA SUPERIOR DE INGENIEROS INDUSTRIALES DE MADRID José Gutierres Abascal, 2
28006 Madrid
0541 Anexo III, Anexo IV (módulo C)
LABORATORIO DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO DE REPSOL BUTANO S.A. San Norberto, 28
28021 Madrid
0542 Anexo III, Anexo IV (módulo C)

 
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