PROCEDIMIENTO
  Diseño del producto | Requisitos esenciales | Personal experto | Expediente técnico |
Fabricación del producto | Organismos notificados | Declaración de conformidad | Marcado CE

Este es uno de los puntos más importantes del proceso, ya que mientras el producto no cumpla todos los requisitos esenciales , no será conforme y no podrá comercializarse.

El diseñador debe analizar todos los requisitos esenciales de la/s Directiva/s de aplicación y determinar si el riesgo correspondiente existe en el producto, en cuyo caso, habrá de tomar las medidas oportunas para subsanarlo. Es importante que las medidas de seguridad permitan una utilización fácil del producto, sin dificultar su uso previsto: faltar a este principio podría conducir a que las medidas de seguridad fueran neutralizadas por el usuario para explotar al máximo las posibilidades del producto.

El empleo de una norma o especificación técnica representa una manera cómoda de cumplir las Directivas .

Se puede recurrir a otros medios ya que a priori no se establece ningún método concreto, pero las normas tienen la ventaja de fijar un nivel de seguridad; y aunque no se sigan, al menos puede hacerse una idea del nivel de seguridad requerido que, de otro modo, tendría que averiguar por medios susceptibles de ser cuestionados. Las normas armonizadas , publicadas en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas (D.O.C.E.) y traspuestas a normas nacionales, son las únicas que confieren presunción de conformidad con los requisitos esenciales de los que tratan.

Como todas las demás normas  , las normas armonizadas no son obligatorias y como ya se ha indicado, el fabricante es libre de utilizar otros medios para satisfacer los requisitos esenciales . Pero en tal caso, deberá alcanzar un nivel de seguridad como mínimo equivalente al establecido por esas normas armonizadas , ya que éstas fijan el "estado de la técnica" en un momento dado y por consiguiente, el nivel de seguridad alcanzable cuando se elaboraron.

Cuando no se apliquen estas normas puede ser imprescindible un examen de tipo  por un Organismo Notificado (dependiendo de la Directiva)

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