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Pilas y baterías

Reglamento (UE) 2023/1542 relativo a pilas y baterías y sus residuos

Fecha: 17.08.2023 / Aplicable a partir del 18 de Febrero del 2024 (excepto lo dispuesto en el Reglamento).

Ambito de aplicación

El presente Reglamento se aplica a todas las categorías de pilas o baterías, a saber las pilas o baterías portátiles, las baterías para arranque, encendido y alumbrado, las baterías para medios de transporte ligeros, las baterías para vehículos eléctricos y las baterías industriales, independientemente de su forma, volumen, peso, diseño, composición material, composición química, uso o finalidad. También se aplica a las pilas o baterías incorporadas o añadidas a productos o específicamente diseñadas para ser incorporadas o añadidas a productos.

Excepciones

El presente Reglamento no se aplica a las pilas o baterías incorporadas o específicamente diseñadas para ser incorporadas a:

  1. a) equipos relacionados con la protección de los intereses esenciales de seguridad de los Estados miembros, armas, municiones y material de guerra, salvo los productos no destinados a fines específicamente militares, y
  2. b) equipos destinados a ser enviados al espacio.

Los capítulos III y IX del presente Reglamento no se aplican a equipos diseñados específicamente para la seguridad de instalaciones nucleares, según se definen en el artículo 3 de la Directiva 2009/71/Euratom del Consejo.

Textos legales

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