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Sostenibilidad

Envases y residuos de envases

DIRECTIVA 94/62/CE

Fecha: 31 .12.1994

Ambito de aplicación

Artículo 2


Ámbito de aplicación


1 . La presente Directiva se aplicará a todos los envases puestos en el mercado en la Comunidad y a todos los residuos de envases, independientemente de que se usen o produzcan en la industria, comercio, oficinas, estableci mientos comerciales, servicios, hogares, o en cualquier otro sitio, sean cuales fueren los materiales utilizados.


2. La presente Directiva se aplicará sin perjuicio de los actuales requisitos de calidad para los envases, tales como
los relativos a la seguridad, protección de la salud e higiene de los productos envasados, y sin perjuicio de los requisitos de transporte vigentes y de lo dispuesto en la
Directiva 91/689/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1991 , sobre residuos peligrosos ( 2 ).

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